La provincia expresó su desacuerdo con la decisión de la Corte Suprema, remarcando la importancia de evaluar el impacto ambiental de la represa hidroeléctrica.
Tras la reciente sentencia que desestimó la demanda presentada por La Pampa contra la construcción de la represa hidroeléctrica «El Tambolar» en San Juan, el Gobierno pampeano -a través de la Fiscalía de Estado- expresó su profundo desacuerdo. En esta línea, advirtió que el fallo «contradice de manera íntegra los principios y conceptos ambientales que el mismo Tribunal sentó».
La controversia se remonta al año 2018, cuando La Pampa presentó una acción de amparo contra San Juan y el Estado Nacional. En dicha acción, solicitó al Tribunal la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.) de toda la cuenca hídrica interjurisdiccional Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó-Colorado. El objetivo era determinar el grado de degradación ambiental provocado por la represa «El Tambolar» y su impacto en la calidad de vida de la población.
Manifestándose en contra, el gobierno pampeano solicitó inicialmente una Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E.), el respeto al derecho a la participación ciudadana mediante audiencias públicas interprovinciales, la conformidad con la ley 23.879 de Obras Hidráulicas, la reformulación del proyecto conforme a los parámetros de protección ambiental, y la paralización de la obra hasta la ejecución y aprobación de los estudios ambientales regionales y audiencias públicas.
Por su parte, la Fiscalía de Estado denunció que la Corte Suprema, en su fallo reciente, utiliza el «artilugio de confundir la legitimación de un caso y la demostración de una afectación suficientemente directa con la demostración concreta de los daños ambientales». Según argumentan, la sentencia no considera los daños específicos que sufrirá la provincia y rechaza la demanda basándose en formalidades que no resisten un mínimo análisis.
Además, la Fiscalía sostuvo que la sentencia va en contra de la jurisprudencia ambiental previa de la Corte, creando un peligroso precedente que permite la realización de obras sin la debida evaluación ambiental. Desde la misma expresaron su preocupación por la falta de consideración de la magnitud del daño ambiental, insistiendo en la necesidad de un Estudio de Impacto Ambiental integral.
El rechazo de la Corte Suprema, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, había argumentado que La Pampa no demostró tener un interés directo en el dictado de un pronunciamiento judicial que remueva un obstáculo atribuido a la lesión de sus prerrogativas.